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ASOCIACIÓN DE
EX MAGISTRADOS DE LAS CORTES
– ASOMAGISTER –
REGLAMENTO DEL
CENTRO DE ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN,
FINALIDAD Y FUNCIONES
Artículo 1.
Constitución. Con arreglo
a la ley y a sus propios estatutos, la Asociación de ex Magistrados
de las Cortes – ASOMAGISTER – pone al servicio de la comunidad su
Centro de Arbitraje y Amigable Composición (en adelante el
“Centro”), cuyo funcionamiento está autorizado por la Resolución Nº
0124 de fecha 16 de enero de 2008 emanada de la Dirección de
Conciliación y Prevención del Ministerio del Interior y de Justicia.
Artículo 2.
Principios. Finalidad. El
Centro trabajará con sujeción a los principios de transparencia,
criterio social, vocación de servicio, seriedad y compromiso.
La finalidad del
Centro es la de contribuir, en los términos de ley, con los árbitros
y amigables componedores integrantes de sus listas oficiales a la
solución de controversias, mediante el empleo del arbitramento y la
amigable composición como métodos alternativos de solución de
conflictos; finalidad en cuyo propósito el presente Reglamento
regulará su funcionamiento y organización administrativa.
Artículo 3.
Visión. Objetivos. Será
visión del Centro la de aspirar a un liderazgo, dentro del campo de
acción de los métodos alternativos de solución de conflictos, en el
área específica del arbitraje y la amigable composición.
Son objetivos
estratégicos:
1.
Contribuir a consolidar el proceso de
construcción de convivencia social, mediante el funcionamiento de
tribunales de arbitramento y la amigable composición.
2.
Fomentar e inducir valores y
habilidades sociales que contribuyan a la convivencia pacífica en
los ámbitos empresarial y comunitario.
3.
Mantener altos niveles de seguridad y
confianza en su funcionamiento.
4.
Preservar el liderazgo del Centro.
5.
Propender por el conocimiento y toma
de conciencia acerca de los métodos alternativos de solución de
conflictos.
6.
Implementar líneas especializadas en
materia de arbitraje y amigable composición.
7.
Mantener una operación eficiente y
eficaz del arbitraje y la amigable composición y,
8.
Propiciar la descongestión de la
administración de justicia a cargo del Estado.
Artículo 4.
Funciones. En procura de
su finalidad, el Centro desarrollará las siguientes funciones:
1.
Recibir y dar el trámite
administrativo que corresponda a las convocatorias de tribunales de
arbitramento y a las solicitudes de amigable composición.
2.
Integrar las listas de árbitros,
amigables componedores, secretarios y peritos, teniendo en cuenta la
especialidad e idoneidad de los mismos.
3.
Integrar, con miembros de Asomagister,
o con sus correspondientes sustitutos, o cuando sea el caso, con
profesionales no vinculados a la Asociación, lista de secretarios de
tribunal de arbitramento o de amigable composición.
4.
Designar de sus listas oficiales a
los árbitros o a los amigables componedores cuando ello sea
solicitado.
5.
Desplegar las actividades
administrativas de colaboración y apoyo requeridas por los
tribunales de arbitramento y paneles de amigables componedores.
6.
Llevar el archivo de los
pronunciamientos y actos que pongan fin a los procedimientos
arbitrales y de amigable composición, de tal manera que permita su
consulta, la expedición de copias, certificaciones y constancias,
con sujeción a la ley.
7.
Desarrollar programas de capacitación
y actualización sobre los métodos alternativos de solución de
controversias, directamente o con la colaboración de otros centros,
universidades o instituciones de capacitación, previa la suscripción
de los convenios correspondientes.
8.
Llevar los archivos estadísticos que
permitan conocer el rendimiento cuantitativo y cualitativo de la
labor del Centro.
9.
Las demás que la ley o el presente
Reglamento determinen.
CAPÍTULO II
DE LA
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL CENTRO
Artículo 5.
El Centro de Arbitraje y
Amigable Composición hace parte de la Asociación de ex Magistrados
de las Cortes -ASOMAGISTER-, y por lo tanto, no solo está sujeto a
sus estatutos, sino que los empleados que llegare a tener para la
ejecución de sus funciones, lo serán de dicha Asociación.
SECCIÓN I
ORGANISMOS DEL
CENTRO
Artículo 6.
Composición. El Centro
estará integrado por los siguientes organismos:
Corte de Arbitraje y Amigable Composición
Director
Subdirector
Lista de árbitros
Lista de amigables componedores
Lista de secretarios
SECCIÓN II
DE
LA CORTE DE ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN
Artículo 7. Composición.
La
Corte de Arbitraje y Amigable Composición estará integrada por nueve
(9) miembros, así: El Presidente de la Junta Directiva de la
Asociación y ocho (8) miembros más que serán elegidos por la Junta
Directiva de ASOMAGISTER, para el período señalado en el artículo 10
del presente Reglamento.
Artículo 8. Funciones.
Serán funciones de la Corte de Arbitraje y Amigable Composición, las
siguientes:
1.
Velar por la estricta aplicación de este Reglamento y el Código de
Ética del Centro, como por la prestación eficiente, pulcra y
transparente de los servicios prestados por éste.
2.
Servir de órgano consultor y asesor del Director y el Subdirector
del Centro.
3.
Dirigir las políticas generales de actuación del Centro, tendientes
a que éste cumpla debidamente sus funciones, haciendo las
sugerencias y recomendaciones que en esta dirección sean
pertinentes.
4.
Integrar las listas de árbitros, amigables componedores, secretarios
y peritos, de conformidad con la ley, este Reglamento, el Código de
Ética del Centro y los Estatutos de la Asociación, y reglamentar
mediante Resoluciones lo que sea pertinente. Para la conformación de
las listas se requerirá la aprobación de los dos tercios de los
miembros de la Corte de Arbitraje y Amigable Composición.
5.
Investigar las faltas en que incurran los árbitros, amigables
componedores, secretarios y peritos, e imponer las sanciones a que
haya lugar.
6.
Decidir lo que corresponda en relación con las diferencias que
llegaren a presentarse por eventuales conflictos de intereses.
7.
Elaborar, modificar y aprobar, según el caso, los reglamentos de
funcionamiento y de procedimiento del Centro, con el voto favorable
de los dos tercios de sus miembros.
8.
Las demás que le asigne la Junta Directiva de ASOMAGISTER.
Artículo 9.
La Corte de Arbitraje y
Amigable Composición sesionará válidamente con la asistencia de por
lo menos cinco (5) de sus miembros. Para decidir requerirá del voto
de la mayoría de los presentes, salvo cuando este Reglamento prevea
una mayoría superior.

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