INICIO

NUESTRA ASOCIACIÓN CONVENIOS JURISDICTIO EVENTOS SERVICIOS CENTRO DE ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN CONTACTO

 

 

 

 ASOCIACIÓN DE EX MAGISTRADOS DE LAS CORTES

– ASOMAGISTER –

 

REGLAMENTO DEL CENTRO DE ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN

 

CAPÍTULO I

 

CONSTITUCIÓN, FINALIDAD Y FUNCIONES

 

Artículo 1. Constitución. Con arreglo a la ley y a sus propios estatutos, la Asociación de ex Magistrados de las Cortes – ASOMAGISTER – pone al servicio de la comunidad su Centro de Arbitraje y Amigable Composición (en adelante el “Centro”), cuyo funcionamiento está autorizado por la Resolución Nº 0124 de fecha 16 de enero de 2008 emanada de la Dirección de Conciliación y Prevención del Ministerio del Interior y de Justicia.

 

Artículo 2. Principios. Finalidad. El Centro trabajará con sujeción a los principios de transparencia, criterio social, vocación de servicio, seriedad y compromiso.

 

La finalidad del Centro es la de contribuir, en los términos de ley, con los árbitros y amigables componedores integrantes de sus listas oficiales a la solución de controversias, mediante el empleo del arbitramento y la amigable composición como métodos alternativos de solución de conflictos; finalidad en cuyo propósito el presente Reglamento regulará su funcionamiento y organización administrativa.

 

Artículo 3. Visión. Objetivos. Será visión del Centro la de aspirar a un liderazgo, dentro del campo de acción de los métodos alternativos de solución de conflictos, en el área específica del arbitraje y la amigable composición.

 

Son objetivos estratégicos:

 

1. Contribuir a consolidar el proceso de construcción de convivencia social, mediante el funcionamiento de tribunales de arbitramento y la amigable composición.

 

2. Fomentar e inducir valores y habilidades sociales que contribuyan a la convivencia pacífica en los ámbitos empresarial y comunitario.

 

3. Mantener altos niveles de seguridad y confianza en su funcionamiento.

 

4. Preservar el liderazgo del Centro.

 

5. Propender por el conocimiento y toma de conciencia acerca de los métodos alternativos de solución de conflictos.

 

6. Implementar líneas especializadas en materia de arbitraje y amigable composición.

 

7. Mantener una operación eficiente y eficaz del arbitraje y la amigable composición y,

 

8. Propiciar la descongestión de la administración de justicia a cargo del Estado.

 

Artículo 4. Funciones. En procura de su finalidad, el Centro desarrollará las siguientes funciones:

 

1. Recibir y dar el trámite administrativo que corresponda a las convocatorias de tribunales de arbitramento y a las solicitudes de amigable composición.

 

2. Integrar las listas de árbitros, amigables componedores, secretarios y peritos, teniendo en cuenta la especialidad e idoneidad de los mismos.

 

3. Integrar, con miembros de Asomagister, o con sus correspondientes sustitutos, o cuando sea el caso, con profesionales no vinculados a la Asociación, lista de secretarios de tribunal de arbitramento o de amigable composición.

 

4. Designar de sus listas oficiales a los árbitros o a los amigables componedores cuando ello sea solicitado.

 

5. Desplegar las actividades administrativas de colaboración y apoyo requeridas por los tribunales de arbitramento y paneles de amigables componedores.

 

6. Llevar el archivo de los pronunciamientos y actos que pongan fin a los procedimientos arbitrales y de amigable composición, de tal manera que permita su consulta, la expedición de copias, certificaciones y constancias, con sujeción a la ley.

 

7. Desarrollar programas de capacitación y actualización sobre los métodos alternativos de solución de controversias, directamente o con la colaboración de otros centros, universidades o instituciones de capacitación, previa la suscripción de los convenios correspondientes.

 

8. Llevar los archivos estadísticos que permitan conocer el rendimiento cuantitativo y cualitativo de la labor del Centro.

 

9. Las demás que la ley o el presente Reglamento determinen.

 

 

CAPÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL CENTRO

 

Artículo 5. El Centro de Arbitraje y Amigable Composición hace parte de la Asociación de ex Magistrados de las Cortes -ASOMAGISTER-, y por lo tanto, no solo está sujeto a sus estatutos, sino que los empleados que llegare a tener para la ejecución de sus funciones, lo serán de dicha Asociación.

 

SECCIÓN I

ORGANISMOS DEL CENTRO

 

Artículo 6. Composición. El Centro estará integrado por los siguientes organismos:

 

 Corte de Arbitraje y Amigable Composición

 

 Director

 

 Subdirector

 

 Lista de árbitros

 

 Lista de amigables componedores

 

 Lista de secretarios

 

SECCIÓN II

DE LA CORTE DE ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN

 

Artículo 7. Composición. La Corte de Arbitraje y Amigable Composición estará integrada por nueve (9) miembros, así: El Presidente de la Junta Directiva de la Asociación y ocho (8) miembros más que serán elegidos por la Junta Directiva de ASOMAGISTER, para el período señalado en el artículo 10 del presente Reglamento.

 

Artículo 8. Funciones. Serán funciones de la Corte de Arbitraje y Amigable Composición, las siguientes:

 

1. Velar por la estricta aplicación de este Reglamento y el Código de Ética del Centro, como por la prestación eficiente, pulcra y transparente de los servicios prestados por éste.

 

2. Servir de órgano consultor y asesor del Director y el Subdirector del Centro.

 

3. Dirigir las políticas generales de actuación del Centro, tendientes a que éste cumpla debidamente sus funciones, haciendo las sugerencias y recomendaciones que en esta dirección sean pertinentes.

 

4. Integrar las listas de árbitros, amigables componedores, secretarios y peritos, de conformidad con la ley, este Reglamento, el Código de Ética del Centro y los Estatutos de la Asociación, y reglamentar mediante Resoluciones lo que sea pertinente. Para la conformación de las listas se requerirá la aprobación de los dos tercios de los miembros de la Corte de Arbitraje y Amigable Composición.

 

5. Investigar las faltas en que incurran los árbitros, amigables componedores, secretarios y peritos, e imponer las sanciones a que haya lugar.

 

6. Decidir lo que corresponda en relación con las diferencias que llegaren a presentarse por eventuales conflictos de intereses.

 

7. Elaborar, modificar y aprobar, según el caso, los reglamentos de funcionamiento y de procedimiento del Centro, con el voto favorable de los dos tercios de sus miembros.

 

8. Las demás que le asigne la Junta Directiva de ASOMAGISTER.

 

Artículo 9. La Corte de Arbitraje y Amigable Composición sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos cinco (5) de sus miembros. Para decidir requerirá del voto de la mayoría de los presentes, salvo cuando este Reglamento prevea una mayoría superior.

 

    

 

 

 

DESCARGAR PDF

 

 

[Anterior]                                                                         [Siguiente] 

 

 

Calle 72 No. 10-03 Of: 307 Edificio La Previsora. Bogotá - Teléfonos: 3103326 – 3452718

asomagister@gmail.com - info@asomagister.com www.asomagister.com