ASOCIACIÓN  DE  EX MAGISTRADOS DE LAS CORTES

- ASOMAGISTER -

 

 

REGLAMENTO  DEL  CENTRO DE  ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN  

 

 

CAPÍTULO I

CONSTITUCIÓN, FINALIDAD Y FUNCIONES

 

 

Artículo 1. Constitución. Con arreglo a la ley y a sus propios estatutos, la Asociación de ex Magistrados de las Cortes -ASOMAGISTER- pone al servicio de la comunidad su Centro de Arbitraje y Amigable Composición (en adelante el “Centro”), cuyo funcionamiento está autorizado por la Resolución Nº 0124 de fecha 16 de enero de 2008 emanada de la Dirección de Conciliación y Prevención del Ministerio del Interior y de Justicia.

 

Artículo 2. Principios. Finalidad. El Centro trabajará con sujeción a los principios de transparencia, criterio social, vocación de servicio, seriedad y compromiso.

 

La finalidad del Centro es la de contribuir, en los términos de ley, con los árbitros y amigables componedores integrantes de sus listas oficiales a la solución de controversias, mediante el empleo del arbitramento y la amigable composición como métodos alternativos de solución de conflictos; finalidad en cuyo propósito el presente reglamento regulará su funcionamiento y organización administrativa.

 

Artículo 3. Visión. Objetivos. Será visión del Centro la de aspirar a un liderazgo, dentro del campo de acción de los métodos alternativos de solución de conflictos, en el área específica del arbitraje y la amigable composición.

 

Son objetivos estratégicos:

 

  1. Contribuir a consolidar el proceso de construcción de convivencia social, mediante el funcionamiento de tribunales de arbitramento y la amigable composición.

 

  1. Fomentar e inducir valores y habilidades sociales que contribuyan a la convivencia pacífica en los ámbitos empresarial y comunitario.

 

  1. Mantener altos niveles de seguridad y confianza en su funcionamiento.

 

  1. Preservar el liderazgo del Centro.

 

  1. Propender por el conocimiento y toma de conciencia acerca de los métodos alternativos de solución de conflictos.

 

  1. Implementar líneas especializadas en materia de arbitraje y amigable composición.

 

  1. Mantener una operación eficiente y eficaz del arbitraje y la amigable composición y, 

 

  1. Propiciar la descongestión de la administración de justicia a cargo del Estado.

 

Artículo 4. Funciones. En procura de su finalidad, el Centro desarrollará las siguientes funciones:

 

  1. Recibir y dar el trámite administrativo que corresponda a las convocatorias de tribunales de arbitramento y a las solicitudes de amigable composición.

 

  1. Integrar las listas de árbitros y amigables componedores, teniendo en cuenta la especialidad e idoneidad de los mismos.

 

  1. Integrar, con miembros de Asomagister, o con sus correspondientes sustitutos, o cuando sea el caso, con profesionales no vinculados a la Asociación, lista de secretarios de tribunal de arbitramento.

 

  1. Designar de sus listas oficiales a los árbitros o a los amigables componedores cuando ello sea solicitado.

 

  1. Desplegar las actividades administrativas de colaboración y apoyo requeridas por los tribunales de arbitramento y paneles de amigables componedores.

 

  1. Llevar el archivo de los pronunciamientos y actos que pongan fin a los procedimientos arbitrales y de amigable composición, de tal manera que permita su consulta, la expedición de copias, certificaciones y constancias, con sujeción a la ley.

 

  1. Desarrollar programas de capacitación y actualización sobre los métodos alternativos de solución de controversias, directamente o con la colaboración de otros centros, universidades o instituciones de capacitación, previa la suscripción de los convenios correspondientes.

 

  1. Llevar los archivos estadísticos que permitan conocer el rendimiento cuantitativo y cualitativo de la labor del Centro.

 

  1. Las demás que la ley o el presente Reglamento determinen.

 

 

CAPÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL CENTRO

 

 

Artículo 5. El Centro de Arbitraje y Amigable Composición hace parte de la Asociación de ex Magistrados de las Cortes -ASOMAGISTER-, y por lo tanto, no solo está sujeto a sus estatutos, sino que los empleados que llegare a tener para la ejecución de sus funciones, lo serán de dicha Asociación.

 

 

 

 

 

SECCIÓN I

ORGANISMOS DEL CENTRO

 

 

Artículo 6. Composición. El Centro estará integrado por los siguientes organismos:

 

  • Corte de Arbitraje y Amigable Composición

  • Director

  • Subdirector

  • Lista de árbitros

  • Lista de amigables componedores

  • Lista de secretarios

 

 

SECCIÓN II

DE LA CORTE DE ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN

 

 

Artículo 7. Composición. La Corte de Arbitraje y Amigable Composición estará integrada por el Presidente de la Junta Directiva de la Asociación, y cuatro miembros más, quienes serán elegidos, por una sola vez, por la Junta Directiva de ASOMAGISTER. Su elección posterior se realizará por los integrantes del Centro, reunidos con ese propósito, por cuociente electoral; salvo que decidan presentar una lista única.

 

Artículo 8. Funciones. Serán funciones de la Corte de Arbitraje y Amigable Composición, las siguientes:

 

  1. Velar por la estricta aplicación de este Reglamento y el Código de Ética del Centro, como por la prestación eficiente, pulcra y transparente de los servicios prestados por éste.

 

  1. Servir de órgano consultor y asesor del Director y el Subdirector del Centro.

 

3.     Dirigir las políticas generales de actuación del Centro, tendientes a que éste cumpla debidamente sus funciones, haciendo las sugerencias y recomendaciones que en esta dirección sean pertinentes.

 

4.     Integrar las listas de árbitros, amigables componedores y secretarios de tribunales de arbitramento, de conformidad con la ley, este Reglamento, el Código de Ética del Centro y los Estatutos de la Asociación de ex Magistrados de las Cortes -ASOMAGISTER-.

 

  1. Investigar las faltas en que incurran los árbitros, amigables componedores y secretarios de tribunales de arbitramento, e imponerles las sanciones a que haya lugar.

 

  1. Decidir lo que corresponda en relación con las diferencias que llegaren a presentarse por eventuales conflictos de intereses.

 

  1. Las demás que le asigne la Junta Directiva de ASOMAGISTER.

 

Artículo 9. Quórum deliberatorio y decisorio. La Corte de Arbitraje y Amigable Composición deliberará válidamente con la asistencia de por lo menos tres (3) de sus miembros. Para decidir requerirá de la mayoría de votos de los miembros presentes.

 

Artículo 10. Período de los miembros de la  Corte de Arbitraje y Amigable Composición. El período de los miembros de la Corte de Arbitraje y Amigable Composición será de un (1) año, pero podrán ser reelegidos por un período igual, y mientras estén en el desempeño de sus cargos no podrán ser designados como árbitros o como amigables componedores por el Centro, sin perjuicio de que las partes puedan designarlos. En su primera sesión, la Corte elegirá su propio Presidente, que será escogido entre sus miembros. Sus deliberaciones serán reservadas.

 

 

 

 

 

 

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